Lexureditorial.com: abogados, consultas, legislación, derecho, BOE,foros, etc.
LexurEditorial.com: más de 10 años de Derecho online

Contactar Aviso legal Buscar Portada

Quieres recibir gratis
Todo el Derecho en Internet nuestro
        boletín jurídico?

Suscríbete y sólo con tu dirección de email recibirás la legislación nacional de carácter general y una selección de noticias con interés jurídico.
Suscribirse


Más información sobre la suscripción en nuestra página de boletines.
Noticias jurídicas

Foros de ayuda y consulta

BOE diario

Legislación nacional y autonómica

Noticias jurídicas

Couso.- La viuda pide al juez que desestime el recurso del fiscal contra la busca y captura de los tres militares

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La viuda del cámara de Telecinco José Couso, muerto el 8 de abril de 2003 en Bagdad por un ataque del Ejército de Estados Unidos, ha presentado un escrito ante el Juzgado Central de Instrucción número 1 en el que pide a su titular, el magistrado Santiago Pedraz, que desestime el recurso del fiscal contra la orden de busca y captura de los soldados norteamericanos imputados dictada por el juez.

El escrito presentado por el abogado Leopoldo Torres, que ejerce la acusación particular en nombre de la viuda de Couso, Dolores Jiménez, y de una hermana del cámara fallecido, sale al paso de los "impertinentes juicios de intención hechos por el representante del Ministerio Fiscal", Pedro Rubira, "respecto de los propósitos del instructor al dictar el auto recurrido".

Según el letrado, la jurisdicción y competencia de la Audiencia Nacional para enjuiciar "determinados delitos" ha sido "resuelta en diferentes ocasiones, siempre frente a la posición irreductible de la Fiscalía" de esta sede judicial "que, no obstante, ahora se reitera con absoluta carencia de fundamento".

Asimismo, añade que debe aplicarse la IV Convención de Ginebra, relativa a la protección de las personas civiles en tiempo de guerra y que fue firmada por España y Estados Unidos el 12 de agosto de 1949. Este tratado, ratificado por nuestro país tres años más tarde, es el que, según el abogado, la Fiscalía "parece ignorar".

"Mucho más ocioso, por sabido desde los primeros cursos de la Facultad de Derecho, es recordar que un tratado internacional vigente para España, que haya entrado a formar parte del ordenamiento jurídico interno mediante su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Estado, es de aplicación excluyente respecto de cualquier otra norma española de fuente interna", indica el escrito.

Por ello, en virtud de este acuerdo, España tiene "la obligación" de "buscar a las personas acusadas y de hacerlas comparecer ante sus propios tribunales, fuere cual fuere su nacionalidad". En cuanto a la competencia de la Audiencia Nacional para conocer de estos delitos, recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que la Audiencia conocerá de delitos cometidos fuera de España "cuando conforme a las leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los tribunales españoles".

MILITARES IMPUTADOS

Respecto a la no admisión a trámite denunciada por el fiscal -omisión que según el representante del Ministerio Público impediría al juez dictar el auto ordenando la busca y captura de los tres militares-, el abogado subraya que este auto, así como una providencia dictada el 31 de mayo de 2005, otorgan "explícita o implícitamente a los acusados la condición de imputados, reconociéndoles su derecho a valerse de letrado".

"No se corresponde con la más elemental lógica y razonabilidad, oponerse a la adopción de las medidas necesarias para garantizar la declaración de los querellados a la presencia judicial y, a la vez, exigir el cumplimiento previo de formalidades que preceptivamente sólo pueden adoptarse una vez que los acusados han sido oídos", explica.

En opinión de Leopoldo Torres, la declaración a presencia judicial de los tres militares "acusados de tan graves delitos" es el "único medio de garantizarles el respeto a sus derechos constitucionales, al tiempo que permite proseguir la tramitación regular del procedimiento penal que, de otro modo, quedaría paralizado e impunes los hechos que en el mismo se investigan".

El letrado muestra su sorpresa por el hecho de que el fiscal, en su afán de "evitar la apariencia de que favorece la impunidad del delito", no inste medida alternativa alguna a lo acordado por el juez. Así, arremete contra Rubira porque entiende que su actuación dista mucho de "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el interés público", como le ordena la Constitución.