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La Audiencia de Albacete condena a un hombre a nueve años de prisión por homicidio en tentativa contra su ex pareja

ALBACETE, 3 Nov. (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Albacete ha dictado sentencia de 9 años de prisión contra J.C.N.C. por un delito de homicidio en grado de tentativa contra su ex pareja y por el quebrantamiento de una medida cautelar por malos tratos, con el agravante de parentesco y el atenuante de arrebato. Además, la sentencia incluye una pena accesoria de inhabilitación especial de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena así como prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima y de volver al lugar de los hechos durante cinco años.

También se le condena por quebrantar la medida cautelar a una multa de quince meses a razón de una cuota diaria de nueve euros y con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas impagadas.

Igualmente, en la sentencia se reconoce a J.C.N.C. como autor de un delito de malos tratos y se le impone una pena de un año de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo en ese periodo, se le priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años; se le priva del ejercicio de la patria potestad durante tres años; y se le prohíbe acercarse al domicilio de su compañera y comunicarse con la víctima o aproximarse a ella.

En vía de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a su ex pareja con 5.000 euros por los días de incapacidad y curación por el delito de homicidio en grado de tentativa, 18.000 euros por secuelas físicas y 12.000 más por daños morales. Asimismo por las lesiones sufridas a consecuencia del delito de malos tratos el acusado deberá pagar 500 euros por días de incapacidad y tiempo de curación y otros 500 euros más por daños morales.

La sentencia absuelve sin embargo a J.C.N.C. de un delito de malos tratos en diciembre de 2003 y de un delito de maltrato habitual imputados por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particular y popular.

Los hechos probados por los que fue juzgado el ahora condenado, que puede interponer recurso de casación en la Audiencia Provincial contra la sentencia, ocurrieron sobre las nueve de la noche del 4 de junio de 2004, en la localidad de Socovos cuando el acusado mantuvo con su ex pareja una discusión.

Tras esta discusión él se dirigió al vehículo 'todoterreno' que conducía habitualmente extrayendo del portaobjetos de la puerta delantera izquierda un puñal de 10 centímetros de hoja con el que "de forma sorpresiva y por la espalda" acometió contra la mujer asestándole varias puñaladas en la espalda y en el costado que ocasionaron cinco heridas inciso punzantes en la zona derecha y anterior del tórax, con hemotórax de 250 centímetros cúbicos.

Seguidamente, y una vez que la víctima se dio la vuelta y se protegía con los brazos el acusado continuó propinándole cuchilladas que le ocasionaron seis heridas incisas en el brazo derecho, rodilla derecha y muslo izquierdo hasta que un amigo de J.C.N.M. lo cogió de la cintura retirándolo de la víctima.

Las heridas ocasionadas requirieron además de una primera asistencia facultativa la víctima precisó tratamiento quirúrgico sanando en un periodo de 120 días durante seis de los cuales tuvo que permanecer ingresada en un centro hospitalario y un total de 80 impedida para sus ocupaciones habituales.

Las cicatrices producidas por las heridas a la víctima producen un perjuicio estético medio en ésta que además sufrió un trastorno de estrés traumático. Sobre el acusado pesaba una prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima acordada en virtud del auto dictado el 19 de mayo de 2004 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín.