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Condenado a siete meses de prisión por golpear 'repetidamente' a su hijo con las ramas de un árbol en Navàs (Barcelona)

BARCELONA, 14 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Barcelona ha condenado a siete meses de prisión por un delito de lesiones en el ámbito familiar a un hombre que golpeó "repetidamente" a su hijo de 17 años con las ramas de un árbol en un bosque cercano a la población de Navàs, tras discutir con el menor porque éste había perdido unos documentos de identidad.

Así, el tribunal provincial estima el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal y revoca parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado Penal número 2 de Manresa (Barcelona), que condenó al acusado, Tuhami T.T., a pagar una multa de 180 euros por una falta de lesiones.

Los hechos ocurrieron entre el 8 y 11 de septiembre de 2004, cuando el procesado y su hijo Mohamed discutieron en un bosque cercano a la población de Navàs porque el menor había perdido unos documentos de identidad, según declara probado la sentencia de primera instancia.

En el calor de la discusión, el padre cogió las ramas de un árbol y golpeó "repetidamente" con ellas a su hijo, causándole arañazos y contusiones en diferentes partes del cuerpo, lesiones de las que tardó una semana en recuperarse.

La sentencia de primera instancia argumentaba que los hechos sólo eran constitutivos de una falta de lesiones, ya que "no había quedado probado que la intención del acusado fuera dominar o subyugar a su hijo", requisito que se consideraba "indispensable" para condenar por violencia doméstica.

En este sentido, el titular del Juzgado Penal número 2 de Manresa tuvo en cuenta que el menor tenía 17 años, "siendo difícil que su fuerza y corpulencia fuera menor que la del acusado", y que sólo había quedado acreditada "una agresión en un día puntual y por un motivo concreto, sin quedar constancia de un contexto de dominación o subyugación previo o subsiguiente".

No obstante, según la Sección Vigésima de la Audiencia de Barcelona, sí existió una situación "de dominio" y "vino implícita en la propia acción del acusado, puesto que no existió una igualdad de condiciones entre los dos --aunque el menor tuviera 17 años--, dado que el único que empleó la fuerza física fue el padre, quien golpeó repetidamente al hijo valiéndose, además, de un instrumento para incrementar el efecto de la agresión".

El Tribunal señala que hubiera llegado a la misma conclusión "aunque el padre se hubiera escudado en el ejercicio del derecho de corrección sobre el hijo" por el extravío o desaparición de unos documentos de identidad del menor y entiende que esta manera de actuar no es "de ningún modo" aceptable.

En su opinión, el castigo físico utilizando instrumentos "peligrosos", como unas ramas de árbol, "no puede considerarse comprendida dentro de los conceptos de razonabilidad y moderación establecidos en la legislación civil para justificar el derecho de corrección que ostentan los padres sobre los hijos sometidos a su potestad".

Por todo ello, la Sección Vigésima ha decidido condenar a Tuhami T.T. a siete meses y 15 días de prisión por un delito de maltrato en el ámbito familiar, la pena mínima, y le priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años. El padre, además, deberá indemnizar a su hijo con 172,69 euros por las lesiones causadas.

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