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El Jueves.- La Audiencia Nacional justifica las multas en que la revista presentó al Príncipe como 'vago' y 'codicioso'

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional justifica las multas de 3.000 euros impuestas a los humoristas gráficos de la revista satírica 'El Jueves' Guillermo Torres y Manel Fontdevila en que la viñeta que diseñaron para la portada de la publicación presentaba al Príncipe de Asturias como "vago y, por ende, codicioso".

La sentencia dictada por el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, de la que se adelantó el fallo el pasado martes, señala que los humoristas han de ser condenados como responsables de un delito de injurias al Heredero de la Corona porque las imputaciones contenidas en el dibujo son "indudablemente ultrajantes y ofensivas" y "objetivamente injuriosas".

En la viñeta, que ocupó la portada de la revista 'El Jueves' que se publicó el pasado 18 de julio, los Príncipes de Asturias aparecían desnudos y en una explícita postura sexual bajo el titular '¡Se nota que vienen elecciones ZP! 2.500 euros por niño'. En ese lance el Heredero de la Corona decía a Doña Letizia: "¿Te das cuenta? Si te quedas preñada...esto va a ser lo más parecido a trabajar que he hecho en mi vida!".

"VILIPENDIO INNECESARIO"

Vázquez Honrubia destaca en su sentencia que los humoristas "han traspasado la delgada línea que separa la sátira muchas veces feroz y hasta despiadada, para situarse en el puro insulto y el vilipendio innecesario", a diferencia de los dibujos contenidos en el libro 'El Jueves y la Monarquía. Tocando los borbones', que la defensa de los humoristas presentó como prueba.

El magistrado tilda de "curiosa" la alegación realizada por los humoristas de que no pretendían insultar al Príncipe Heredero y añade que "carece de toda lógica" que para criticar o satirizar la promesa gubernamental del subsidio de natalidad se utilice la imagen del Príncipe Heredero con "un ánimo palmario de escarnio y desprecio".

Tras indicar que los hechos "encajan exactamente en la clásica definición de injurias de deshonrar, desacreditar o menospreciar a otros", la sentencia destaca que la viñeta constituye "un ataque a una Alta Institución que se considera esencial por el legislador para el Estado democrático y constitucional". "Y es una falacia que el Estado constitucional deba permanecer impasible e inerme porque se considere, gratuitamente, que el ejercicio de los derechos fundamentales tiene un carácter absoluto e ilimitado", recalca el juez.

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