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El TS ratifica la sentencia que condena al Ayuntamiento de Lúcar (Almería) a pagar 25.980 euros por 'mobbing'

ALMERÍA, 19 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Lúcar (Almería) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con fecha 6 de septiembre de 2006, que ratificó la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Almería que condenó al consistorio al pago de 25.980 euros por acoso laboral, 'mobbing', a M.E.R., una auxiliar administrativa.

La sentencia del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, consideró que el fallo de la Sala de lo Social del TSJA "abordó y resolvió" una acción de extinción del contrato de trabajo de M.E.R., esposa del candidato por el Partido Social de Lúcar en las elecciones municipales de 2003 y que fue apartada de sus funciones después de que el candidato socialista, José Antonio González, ganara los comicios y se hiciera con la Alcaldía.

La trabajadora fue entonces confinada a a una planta superior del edificio del Ayuntamiento, aislada del contacto con el público y ubicada en una dependencia de paso para otras estancias municipales, sin ventilación y sólo iluminada por una claraboya. Asimismo se le asignó como única función el archivo del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y se le retiraron las llaves de la oficina municipal y las claves informáticas de acceso al ordenador.

Como consecuencia de esta situación, que se extendió desde septiembre de 2003 hasta la extinción del contrato laboral en septiembre de 2004, la empleada entró en un proceso de trastorno mixto de estrés y ansiedad que, según el escrito, obedecía a un síndrome de acoso grupal o 'mobbing'.

El 31 de agosto de 2005, después de que M.E.R. interpusiera una demanda contra el Ayuntamiento por acoso laboral, el Juzgado de lo Social número 1 de Almería condenó al Consistorio al pago de una indemnización de 25.980 euros, una sentencia que fue recurrida por el equipo de gobierno de la localidad ante el TSJA.

El TS estimó que M.E.R. experimentó "alteraciones importantes" en su relación laboral con motivo del cambio de corporación municipal, a la que había pretendido acceder, sin éxito, su marido, que fue rival de la persona que luego resultó elegida alcalde y resolvió desestimar el recurso presentado por el Consistorio de Lúcar en noviembre de 2006.


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