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La Audiencia de Valencia condena a 2 años de cárcel a un hombre con antecedentes que atropelló a una joven en Valencia

VALENCIA, 23 (EUROPA PRESS)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo penal que impuso dos años y tres meses de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor por espacio de tres años y medio a un hombre, condenado en dos ocasiones anteriores por un delito contra la seguridad en el tráfico, que atropelló en las Fallas de 2005 cuando iba borracho a una joven que se encontraba en la Plaza Cánovas de la capital.

La sala, que confirma también una indemnización de más de 80.000 euros, considera que la sentencia del juzgado de lo penal cumplió con todos los requisitos establecidos jurisprudencialmente para que la prueba de indicios pueda desvirtuar la presunción de inocencia y por lo tanto sostiene que no se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva.

El juzgado consideró probado que Ricardo A.B., --condenado en enero de 2000 a arresto de ocho fines de semana y un año de suspensión del carné de conducir y a multa de tres meses y a otro año de privación en otra sentencia de marzo de ese año-- conducía en la madrugada del 17 de marzo de 2005 por el centro de Valencia, en plenas Fallas, a una velocidad "excesiva y superior" a la permitida y atropelló a una joven de 19 años en el cruce de la Plaza Cánovas al no darse cuenta de que pasaban peatones.

La víctima fue lanzada hasta la parada del autobús y el conductor del vehículo emprendió la huida sin socorrerla, circulando a "gran velocidad", incluso en direeción contraria, hasta que fue visto por una partulla de la Policía Local, a la que hizo caso omiso, al igual que a las señales de semáforos en rojo.

Cuando fue interceptado por los policías, el conductor presentaba síntomas externos de embriaguezcomo abatimiento, aliento alcohólico, rostro sanguinolento, ojos enrojecidos o habla pastosa, entre otros signos. Como consecuencia del atropello, la joven sufrió triple fractura mandibular, lesiones dentales o fractiras de la cintura pélvica, entre otras.

La sala sostiene que la sentencia de primera instancia "ha motivado de forma pormenorizada los elemntos que han servidio para demostrar que el acusado era el autor de los hechos y que se basan en las pruebas testificales de los testigos" que comparecieron en el juicio, que pudieron dar datos sobre el color, la antigüedad y modelo del vehículo implicado.

Asimismo, destaca "a efectos de mayor abundancia", para estimar la sentencia conforme a derecho la "situación excepcional de afluencia de personas que se produce en las zonas del centro en Fallas, 17 de marzo, en lugares de tantra concurrencia de peatones como la Plaza de Cánovas, con peatones invadiendo la calzada y con la obligación de los conductores de adaptarse a las circunstancias".

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