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Estafa Filatélica.- Sanidad y Consumo destaca que el TS ha confirmado la legalidad de las subvenciones

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Sanidad y Consumo afirmó hoy que el Tribunal Supremo "ha confirmado la legalidad de las ayudas públicas" otorgadas a las asociaciones de consumidores pertenecientes al Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) para el asesoramiento de los afectados por Fórum Filatélico y Afinsa, según informó hoy en un comunicado.

Sanidad y Consumo recordó que el Alto Tribunal ha considerado "adecuada" la concesión de la primera partida de subvenciones por valor de 700.000 euros, "pero elimina aquellas que se refieren a la cobertura de gastos judiciales, dotadas con 1,3 millones de euros", según explica la Administración.

El recurso que motivó esta decisión judicial conocida ayer, presentado por Ausbanc Consumo y contra el que no cabe recurso alguno, además de alegar defectos formales en la tramitación, imputaba al Gobierno haber actuado con desviación de poder y realizar prácticas desleales y abusivas de la competencia.

Según mantiene Consumo, el Supremo "confirma" en su sentencia que el Real Decreto impugnado "expresa las razones que justifican que se subvencione a las organizaciones de consumidores más representativas a nivel nacional, que públicamente se ofrecieron a asesorar a los afectados de forma gratuita".

La Administración manifestó que "el objeto" del Real Decreto parcialmente anulado, aprobado por el Consejo de Ministros de forma inmediata a la intervención judicial por la vía de urgencia, "no era otro que prestar apoyo a las citadas asociaciones de consumidores al objeto de dotarlas de medios para hacer frente a una situación excepcional con más de 350.000 afectados".

Las organizaciones integradas en el CCU realizaron "eficientemente el compromiso asumido con los 180.000 afectados a los que representa", aseguró el Ministerio. A su vez, insistió en "la opción lógica de que los fondos públicos, siempre limitados, se destinen a aquellas organizaciones que, por ser las más representativas a nivel nacional, habían de ser receptoras de un número significativamente mayor de solicitudes de asesoramiento".

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo anuló la partida de subvenciones correspondiente al segundo y último plazo de asignaciones concedidas a las asociaciones del CCU, por un importe total de 2 millones de euros y aprobadas por el trámite de urgencia el 18 de mayo de 2006, dos días después de la intervención judicial.

Los 2 millones de euros estaban repartidos en una primera partida de 700.000 euros destinados al asesoramiento, la gestión documental y la atención telefónica; y la segunda partida de 1,3 millones estaba destinada a la representación y defensa judicial de los afectados.

El Supremo declaró ilegal esta segunda partida ya que la Ley 38/2003 establece que "en ningún caso serán gastos subvencionables los gastos de procedimientos judiciales".

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