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La A. Provincial cancela el aval de 24,5 millones pagado por 'Los Albertos' por el 'caso Urbanor'

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Madrid ha cancelado el aval de 24,5 millones de euros pagado por Alberto Cortina y Alberto Alcocer en marzo de 1998 a sus demandantes, el arquitecto Pedro Sentieri y el constructor Julio Sanmartín y sus respectivos socios por las responsabilidades civiles derivadas el 'caso Urbanor', según la providencia de dictada el pasado 12 de mayo a la que tuvo acceso Europa Press.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial contesta así a la solicitud de devolución formulada por los representantes legales de 'Los Albertos' el pasado mes de marzo tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional que revocó la condena del Tribunal Supremo a 3 años y 4 meses de cárcel por la estafa cometida en la venta de los terrenos donde actualmente se sitúan la Torres Kio.

La Audiencia pide además al Tribunal Supremo que "remita una copia de la resolución dictada ante la aclaración solicitada en el recurso de casación 1588/2001" interpuesta por los abogados de San Martín con la finalidad de que el Alto Tribunal resolviera la parte económica de la causa. Al mismo tiempo 'Los Albertos' acudieron a la Audiencia Provincial. El Supremo está pendiente de resolver dicha aclaración.

Por otra parte, la providencia de la Audiencia Provincial solicita que se remita de oficio al Registro Central de Penados y Rebeldes la "cancelación de los antecedentes penales" de 'Los Albertos' "como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 20 de febrero de 2008 que anula la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 14 de marzo de 2003".

Asimismo, pide a los socios minoritarios perjudicados por el 'caso Urbanor' que "realicen una relación de los importes cobrados". Esta solicitud responde al proceso de devolución de otros 25 millones de euros en concepto de intereses que los primos pagaron a los perjudicados y que el aval no cubría.

El aval anulado por la Audiencia Provincial corresponde al principal de la responsabilidad civil que fue depositado por los empresarios el 23 de marzo de 1998 ante el Juzgado de Instrucción número 18 de Madrid a favor de Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y Corporación Financiera Hispánica.

LOS PERJUDICADOS RECURRIRÁN.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de súplica en el plazo de tres días. Fuentes cercanas al caso declararon a Europa Press que tanto Sanmartín como Sentieri presentarán sendos recursos de súplica contra esta providencia, así como un escrito ante el Supremo poniendo de manifiesto esta situación en los próximos días.

Ambos mantienen que la sentencia del Constitucional anuló la pena de cárcel impuesta por el Supremo pero no ordenó la devolución del dinero. El Constitucional estimó parcialmente el recurso de amparo presentado por los empresarios y aceptó la prescripción del delito en contra de la doctrina del Alto Tribunal.

Tanto la Audiencia Provincial de Madrid primero, como el Constitucional después, absolvieron a 'Los Albertos' al aceptar la prescripción del delito. La sentencia del Alto Tribunal, de 14 de marzo de 2003, fue la única que fijó responsabilidades civiles.


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