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La Audiencia de Granada condena a seis años de cárcel a un empresario de Salobreña por violar a una empleada

GRANADA, 28 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a seis años de cárcel a un empresario de Salobreña por violar a una empleada suya a la que citó al término de la jornada laboral para supuestamente hablar de motivos de trabajo en febrero de 2006.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el empresario, de iniciales F.I.M. y 51 años, que ha sido condenado por un delito de agresión sexual y absuelto de otro de detención ilegal, tendrá que indemnizar a la joven en 30.000 euros.

Los hechos ocurrieron a las 21.00 horas del 28 de febrero cuando el acusado le dijo a una de sus empleadas, de 20 años, que al cerrar tenía que hablar con ella. Sobre las 23.25 horas ambos subieron a un vehículo propiedad del ahora condenado y en el que supuestamente iba a trasladar F.I.M. a la joven a otro establecimiento.

Sin embargo, el acusado condujo el vehículo hacia la zona de la vega, hasta un cortijo propiedad de su madre, y tras encender una vela en su interior --carecía de luz eléctrica-- hizo pasar a la joven para acto seguido cerrar la puerta.

Con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, la sentó en sus rodillas ante lo que la joven se incorporó diciendo que se quería ir, lo que motivó que éste la empujara sobre un sofá y le quitara la ropa. La agredió sexualmente y la obligó a mantener una relación sexual.

Seguidamente, el acusado llevó a la joven al pueblo, aunque antes le propuso un nuevo encuentro, y al detener el vehículo en la vía asfaltada, la joven se bajó del coche y avisó por teléfono a su novio contándole lo ocurrido. Previamente le había enviado mensajes al teléfono.

Por los hechos, la empleada presentó diversos eritemas. En la ropa interior de la joven y en su vagina se hallaron restos biológicos atribuibles al acusado en altísima probabilidad.

El tribunal no asume la versión del acusado, que mantuvo que fue la joven la que le provocó sexualmente, porque no responde a una pauta habitual de conducta y menos aún atendiendo a la diferencia de edad existente entre ambos las escasas relaciones personales que habían mantenido.

Además, según la sentencia que adelanta hoy el diario 'Ideal', porque resulta "incompatible" con los hechos y porque la evolución de los acontecimientos pone de manifiesto la falta de credibilidad del acusado.

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