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Desestimada la recusación del juez Calero pedida por la defensa del alcalde de Torre Pacheco (Murcia)

El regidor está presuntamente implicado en un caso de corrupción urbanística

MURCIA, 19 (EUROPA PRESS)

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado la recusación del juez Salvador Calero planteada por la defensa del alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, que lleva la instrucción de un presunto caso de corrupción urbanística en el municipio pachequero, después de que la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de San Javier, Arantzazu Moreno, dejara la instrucción por encontrarse de baja, según informaron fuentes del Tribunal superior de Justicia de Murcia en un comunicado de prensa.

La defensa del alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, pidió, el pasado 22 de abril, la recusación del juez Calero y fundamentaba esta petición en tres motivos: "por ser denunciante el juez cuya recusación se pretende del letrado de García Madrid ante el Colegio de Abogados de Murcia; por enemistad manifiesta del recusado con el mismo letrado; y por interés directo o indirecto en la causa del juez recusado".

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia desestima la recusación porque la "enemistad" a la que se alude y la denuncia van dirigidas al letrado de García Madrid, es decir, José Pardo Geijó, y no al propio alcalde.

Según este auto, "la lectura de la recusación presentada deja bien claro que los motivos referidos al letrado del recusante en exclusiva, Pardo Geijó, y en modo alguno afectan de forma directa ni indirecta a García Madrid".

En la regla general, explica, "no es posible recusar a un juez o magistrado por enemistad con un letrado, salvo por existencia de vinculo matrimonial, de hecho asimilable o de parentesco".

De igual forma, desestima el argumento de que el juez "tenga interés directo o indirecto en el pleito" por entender que los autos dictados por Calero anteriormente a la recusación y relativos a García Madrid, son "dictados en el ejercicio de la jurisdicción que desempeña legalmente y referida a disposiciones que la ley no sólo le permite sino que le obliga a proveer", en referencia a la orden de prisión contra García Madrid y la del secreto de las actuaciones dictadas.

Una vez desestimada la recusación se devolverá al juez recusado el conocimiento de la causa y se condenará en costas al recusante.

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