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Dos hombres deberán indemnizarse con 4.200 y 570 euros respectivamente tras pelearse a causa de un aparcamiento

LOGROÑO, 21 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial ha condenado a A.Z.I, de 26 años, a pagar una indemnización de 4.200 euros a S.G.C, de 58, por las lesiones ocasionadas en una pelea, de ambos, a causa del lugar en el que el primero quería aparcar. En cuanto a S.G.C, deberá indemnizarle con 570 euros.

Según relata la sentencia, sobre las 22:00 horas del 26 de agosto de 2006, A.Z.I, vecino de Bilbao, circulaba por Ezcaray y entró en una calle con la intención de aparcar su vehículo. Cuando estaba maniobrando para ello, el otro acusado, S.G.C, bajó de su casa y le increpó "en tono fuerte o grave de voz" que no podía estacionar en aquella zona porque obstaculizaba e, incluso, impedía el paso de otros vehículos.

Entonces, A.Z.I salió del vehículo y "en tono también alto o fuerte de voz" le contestó que "quien era él para hacerle tal advertencia o comentario" e incluso le preguntó "si era un agente de la Guardia Civil". Además, le llamó "hijo de puta" y, después, le dio un puñetazo en el ojo derecho.

Ante esta situación, S.G.C. reaccionó dando una patada en la ingle a su agresor. Después, ambos acusados se agarraron entre sí, propinándose, mutuamente, golpes y arañazos, a la vez que caían enganchados al suelo.

A consecuencia de estos hechos, S.G.C. tuvo lesiones consistentes en un "importante hematoma" en el ojo y fractura en un dedo de la mano derecha. A.Z.I, por su parte, sufrió lesiones consistentes en erosiones a nivel cervical y en pabellón auricular, así como una pequeña herida en encía inferior y un "mínimo" arrancamiento en un diente.

La Audiencia absuelve a A.Z.I del delito de lesiones, que le imputaba la acusación particular, pero le condena a tres meses por un delito atenuado de lesiones. Le pide, también, 4.200 euros de indemnización a su víctima.

A S.G.C le absuelve del delito cualificado de lesiones y del delito básico de lesiones, de los que le acusaba la acusación particular, pero le condena a una multa de trescientos euros por una falta de lesiones. Le pide, además, una indemnización de 570 euros a su víctima.

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