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Los testigos niegan la versión del acusado de matar y violar a dos agentes en prácticas en Hospitalet (Barcelona)

BARCELONA, 21 (EUROPA PRESS)

Uno de los hombres que el acusado de violar y matar a dos policías en prácticas en Hospitalet de Llobregat (Barcelona) en octubre de 2004 señaló hoy como el auténtico autor del crimen, aseguró que es todo mentira y que, no sólo no tiene nada que ver con los hechos, sino que el otro hombre implicado --que no ha sido identificado-- no existe.

Según la versión del procesado, Pedro J.G., Mustafa D.A. le presentó a Álex y ambos dejaron pistas que le incriminaban. Sin embargo, Mustafa D.A. dijo que no ha visto "en la vida" a ese tercer hombre y que no es verdad que le encargara recoger cocaína en el piso de las fallecidas. "Es una película que está montando de principio a fin", añadió.

Mustafa D.A. explicó que inicialmente creía que su amigo Marcos Antonio J.G. y el procesado eran hermanos porque tienen los mismos apellidos, pero en realidad se conocen de haber cumplido condena en las prisiones de Ponent (Lérida) y Quatre Camins (Barcelona).

El día del crimen, Mustafa D.A. quedó con el procesado --que apareció con ropa de mujer manchada de sangre-- porque los dos querían ir a Madrid, pero se separaron poco después porque el acusado tenía prisa por salir de la ciudad y él no tenía previsto ir a la capital hasta el fin de semana.

Por esa razón, horas después quedó con Mustafa K.D. --a quien conoció en la cárcel de Ponent-- en un bar de La Rambla, en el Barrio Gótico de la capital catalana, y se fueron en coche a Gerona con la mujer de éste y sus tres hijos. Sin embargo, Mustafa K.D. empezó a sospechar de que Pedro J.G. podía haber matado a las jóvenes y avisó a la Policía poco después de llegar a la vivienda.

Marcos Antonio J.G. también alertó a la Policía después de que Mustafa D.A. le dijera que sospechaba que el acusado había hecho "algo", y que el propio procesado le llamara para decirle que estaba "en un follón" y que se había ido a Gerona.

103 AÑOS DE PRISIÓN.

El crimen ocurrió a principios de octubre de 2004, mientras el procesado, Pedro J.G., que cumplía 30 años de condena por un robo con violencia e intimidación y que había sido condenado por varias violaciones cuando era menor, disfrutaba --entre los días 3 y 6-- de un permiso penitenciario dada su condición de recluso de segundo grado.

La madrugada del 5 de octubre, el acusado tomó el Metro en Barcelona y sobre las seis de la mañana se apeó en la estación de Bellvitge, en L'Hospitalet. Dos horas después, vio a Silvia N., una agente de Policía en prácticas de 28 años que se dirigía a su domicilio, en la Rambla Marina, tras pasar la noche de servicio en la comisaría de Castelldefels (Barcelona).

En su escrito de acusación, la Fiscalía sostiene que el procesado siguió a Silvia N. sin que ésta se diera cuenta y, aprovechando un descuido, entró en la portería del inmueble, subió al ascensor con ella y, una vez dentro, sacó una navaja y la obligó a dejarlo entrar en su domicilio, donde estaba su compañera de piso, María Aurora G., otra agente en prácticas de 23 años.

Tras amordazarlas y atarlas de tobillos, manos y cuello con ropa interior de las víctimas, ataduras que reforzó con un cordón de tender la ropa, el acusado llevó a Silvia N. a la habitación de matrimonio y la ató a la pata de la cama con un cinturón. Después, puso a María Aurora sobre la cama del cuarto de al lado y la violó antes de asestarle cuatro navajazos por la espalda, causándole la muerte.

Posteriormente, Pedro J.G. se dirigió a la habitación donde se encontraba Silvia N. y la apuñaló cinco veces, rasgándole el corazón y perforando el pulmón izquierdo. Tras matarla, la desnudó y la vejó. Antes de irse, robó una tarjeta de crédito de María Aurora G. --de la que no pudo extraer dinero--, se cambió de ropa y prendió fuego al piso.

El Ministerio Público imputa a Pedro J.G. dos delitos de asesinato, uno de agresión sexual, otro de allanamiento de morada, de profanación de cadáver, de incendio, de robo con violencia, de robo con fuerza en continuidad delictiva y grado de tentativa y otro de quebrantamiento de condena.

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