Auto de 5 de junio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se declara que, de modo cautelar y en tanto se dicte sentencia: la intervencin de la Subdireccin del Gobierno de Lleida y los informes preceptivos de la Generalidad de Catalua, establecida por el Real Decreto 1422/2012, de 5 de octubre, por el que se establecen las servidumbres aeronuticas del aeropuerto de Lleida-Alguaire, se referir exclusivamente a los municipios incluidos en el territorio de la Comunidad Autnoma de Catalua, ciendo su actuacin a su mbito territorial propio; y la intervencin contemplada en los artculos 5 y 6 impugnados, debe ser complementada en el sentido de que en todo aquello que atae a los municipios ubicados en el territorio de la Comunidad Autnoma de Aragn, deber realizarse a travs de la Subdelegacin de Gobierno de Huesca y como es lgico, los informes preceptivos habrn de emitirse por los rganos correspondientes de la Comunidad Autnoma de Aragn.